12 años de conflicto en una línea de tiempo: la historia de Uber en Panamá
Uber llegó a Panamá en 2014. Desde entonces: protestas de taxistas, un decreto anulado parcialmente por la Corte Suprema, intentos legislativos fallidos y ahora un nuevo decreto que ya enfrenta una demanda de nulidad. La historia completa en datos, línea de tiempo y tabla comparativa.
Cuando el Decreto Ejecutivo No. 10 se firmó el 16 de abril de 2026, no era un evento aislado. Era el último capítulo de una disputa que lleva 12 años sin resolver. Esta es la historia completa.
Un conflicto de una década
Uber llegó a Panamá en marzo de 2014 sin que existiera un marco legal para recibirlo. Fue el primer país de Centroamérica en tener el servicio — y también el primero en vivir el conflicto entre la nueva tecnología y el transporte tradicional. Durante tres años operó en un vacío legal, mientras los taxistas protestaban y los usuarios multiplicaban los viajes.
El Decreto 331 de 2017 fue el primer intento de resolver ese vacío. Lo hizo con restricciones que Uber consideró inaceptables: prohibición de efectivo, límites geográficos, exigencias para conductores. La plataforma perdió el 78% de sus conductores de golpe — de 8,000 a 1,800. Dos años después, la Corte Suprema anuló los artículos más restrictivos.
En los seis años siguientes, Panamá vivió en un limbo: un decreto parcialmente anulado, intentos legislativos fallidos, y una ATTT que en 2024 empeó a endurecer su aplicación. En octubre de ese año, Uber celebraba su décimo aniversario elogiando la “seguridad jurídica” del país. Seis meses después, esa seguridad jurídica cambió de golpe.
El Decreto 10: lo que cambió y lo que sigue igual
El nuevo marco regulatorio expande la operación a todo el territorio nacional y mantiene el efectivo como medio de pago. Pero introduce una exigencia que no existía: los conductores deben afiliarse a una organización de transporte autorizada (prestataria) para poder registrarse en la plataforma. Es el punto más cuestionado del decreto — y el que motivó una demanda de nulidad ante la Sala Tercera, críticas de seis diputados de distintos partidos, y la convocatoria de una reunión de revisión por parte del propio presidente Mulino.
| Aspecto | Decreto 331 (2017) | Decreto 10 (2026) |
|---|---|---|
| Vigencia | Oct 2017 – Abr 2026 | Desde 16 Abr 2026 |
| Pago | Solo electrónico (la Corte anuló esta restricción en 2019) | Electrónico y efectivo |
| Zonas de operación | Panamá, Panamá Oeste, Colón y Coclé (la Corte anuló restricción geográfica) | Todo el territorio nacional |
| Conductores | Panameños, licencia E-1, sin antecedentes | Panameños, licencia E-1, récord policivo 10 años, aval de prestataria |
| Vehículos | Requisitos básicos de comodidad | Máx. 7 años de antigüedad, seguro de asiento, calcomanía ATTT |
| Tarifas | Fijadas por las plataformas | Reguladas por la ATTT |
| Prestatarias | No requeridas | Obligatorias para registrar conductores |
| Control | Plataformas como eje del sistema | ATTT crea unidad especializada de fiscalización |
| Plataformas | Podían gestionar operación con amplia autonomía | Rol estrictamente de intermediación; no pueden poseer vehículos |
Fuentes: Gaceta Oficial · Corte Suprema de Justicia · Uber Panamá · ATTT · La Prensa Panamá · Nexo
Dónde estamos hoy
El decreto está vigente desde el 16 de abril de 2026 y deroga el 331. Las plataformas tienen 3 meses de plazo para adecuar a sus conductores al nuevo esquema de prestatarias. El lunes 20 de abril, el presidente Mulino se reúnará con la ATTT y el Ministerio de Gobierno para revisar los “puntos de vista” que ha estado leyendo. El diputado Ernesto Cedeño tiene lista una demanda de nulidad ante la Sala Tercera. Y Uber dijo que “evaluará” las condiciones.
La historia no ha terminado. Lleva 12 años sin terminar.
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