Uber con demasiada regulación, PedidosYa sin ninguna: la economía de plataformas en Panamá no tiene reglas claras
En la misma semana: el Decreto 10 que regula — de golpe y sin consulta — a Uber e InDriver, y el paro de PedidosYa que expone el vacío legal total en el delivery. Dos conflictos distintos, el mismo problema: Panamá no tiene reglas claras para la economía de plataformas.
Annette Planells de Flores
Ingeniera Electrónica.
*Cifra declarada por el gremio de repartidores, no verificada de forma independiente. Fuentes: Gaceta Oficial · Mitradel · PedidosYa · Nexo
Dos conflictos en paralelo
Mientras el Decreto Ejecutivo No. 10 desataba críticas por regular en exceso a Uber e InDriver, los motorizados de PedidosYa cumplían su segunda semana de paro por exactamente el problema contrario: la ausencia total de regulación. En un caso, el Estado intervino de golpe y sin consulta. En el otro, lleva años mirando hacia otro lado.
Son dos sectores distintos — movilidad de personas vs. reparto de mercancías — pero la pregunta de fondo es la misma: ¿bajo qué reglas operan las plataformas digitales en Panamá, y quién las define?
El usuario: el primero en sentirlo, el último en aparecer
Con el Decreto 10, el usuario gana protección en papel — conductores verificados, vehículos más nuevos, seguro de asiento — pero corre el riesgo de pagar más si las prestatarias restringen la oferta, o de quedarse sin servicio si las plataformas deciden que el mercado no les conviene.
Con el paro de PedidosYa, el usuario ya sintió el impacto: hasta 65,000 entregas diarias paralizadas según cifras no verificadas del gremio de repartidores. Pedidos cancelados, restaurantes sin despacho, comercios sin canal de venta. Y sin ningún mecanismo legal que obligue a la plataforma a informar, compensar o resolver.
En ninguno de los dos conflictos el usuario tuvo voz. No fue consultado antes del Decreto 10. No tiene representación en la mesa de PedidosYa. Aparece al final de la cadena — como afectado, no como actor.
Seguridad jurídica: lo que necesitan las empresas que invierten
Uber elogiaba la “seguridad jurídica” de Panamá en octubre de 2024. Seis meses después, un decreto firmado sin consulta previa cambió las reglas de golpe. PedidosYa, por su parte, opera en un país donde puede modificar unilateralmente las tarifas de sus repartidores sin que ningún marco legal lo limite.
Ninguno de los dos escenarios es favorable para la inversión. El primero genera incertidumbre regulatoria. El segundo genera impunidad operativa. La APEDE lo sintetizó en su comunicado del 18 de abril: “Regular no debe significar retroceder, sino avanzar hacia un modelo que combine seguridad, eficiencia, competencia e innovación.”
Competencia y transparencia: lo que le falta al mercado
El Decreto 10 concentra el poder en las prestatarias — organizaciones que ya controlaban el mercado del taxi tradicional. Eso no promueve competencia: la restringe. Un conductor que deba pedir aval a una cooperativa de taxistas para trabajar en una plataforma no está en un mercado abierto.
PedidosYa opera con poca competencia local y total opacidad: cómo se calculan las tarifas, cómo funciona el algoritmo de asignación, qué criterios determinan las sanciones. Ni los repartidores, ni los comercios, ni los usuarios tienen acceso a esa información. En ambos casos, la falta de transparencia perjudica a todos menos a la plataforma.
Las condiciones de los trabajadores: el nudo sin resolver
El Decreto 10 no mejora la situación laboral del conductor de Uber. No le da acceso a la CSS ni protección ante desactivación arbitraria. Lo incorpora a una prestataria que históricamente ha sido parte del problema.
Los repartidores de PedidosYa trabajan, según sus propios testimonios, entre 70 y 90 horas semanales sin seguro social ni estabilidad. La ministra de Trabajo declaró que “no son trabajadores”. El Mitradel reconoció no tener acceso siquiera a sus contratos. Son proveedores independientes, sin embargo, el gobierno tiene pendiente facilitar e incentivar su inclusión como trabajadores independientes a la CSS.
Chile resolvió parte de esta tensión con la Ley 21.431 de 2022, que reconoce dos categorías de repartidores y garantiza derechos mínimos a ambas. México introdujo regulación específica en 2024-2025. Panamá tiene un anteproyecto que no prosperó en 2022 y ninguna iniciativa visible desde entonces.
Lo que Panamá necesita
Los dos conflictos de esta semana apuntan al mismo diagnóstico: Panamá regula las plataformas digitales de forma reactiva, inconsulta y fragmentada. El Decreto 10 atendió la presión del sector tradicional del transporte. El vacío de PedidosYa atiende la presión de nadie.
Lo que hace falta es un marco legal coherente que defina: qué derechos tienen los trabajadores de plataformas, qué obligaciones tienen las empresas, cómo se protege al usuario y bajo qué condiciones puede operar una plataforma en el país. Tres actores, una sola ley. Panamá tiene los ejemplos regionales. Lo que le falta es la voluntad política de usarlos.
La cifra
0 — leyes específicas que regulan el trabajo en plataformas digitales en Panamá, ya sea de movilidad o de reparto.