Ya hay reglamento para las hipotecas preferenciales
El Decreto Ejecutivo No. 23 del MEF establece cómo los bancos cobran al Estado el subsidio de intereses preferenciales: registro ante la DGI, informes trimestrales y tres modalidades de pago, incluyendo efectivo y bonos. Rige desde el sábado 13 de junio.
Qué pasó
El gobierno publicó este viernes el reglamento que activa el subsidio de intereses preferenciales para vivienda. El Decreto Ejecutivo No. 23, firmado por el presidente Mulino y el ministro Chapman, fue publicado el viernes 12 de junio y rige desde este sábado 13.
El decreto resuelve el vacío operativo que existía desde que la Ley 468 y su modificación (Ley 481) entraron en vigor en enero: los bancos sabían las tasas y los tramos, pero no tenían el procedimiento para cobrarle al Estado el subsidio que les correspondía, y sin ese mecanismo no había incentivo real para prestar.
Los números
Lo que regula el decreto
Fuente: Decreto Ejecutivo No. 23, MEF. Gaceta Oficial No. 30545 · nexo.la
Por qué importa para el sector construcción
Sin reglamento, el subsidio existía en papel pero no en la práctica. Un banco no puede prestar a tasa preferencial si no tiene certeza de cuándo y cómo le devuelven la diferencia — y esa certeza es exactamente lo que el decreto establece.
El mecanismo de pago en tres modalidades es el punto más relevante para la banca. El crédito fiscal es la vía tradicional — el banco descuenta el subsidio de sus impuestos. Pero la novedad es que para montos hasta B/.2 millones puede pedir pago directo en efectivo vía transferencia bancaria, y para carteras más grandes, bonos del Estado. Eso da flexibilidad a entidades de distinto tamaño.
También resuelve, al menos parcialmente, la deuda histórica. El decreto incluye una disposición transitoria (Art. 13) que ordena pagar bajo estas mismas modalidades los créditos fiscales reconocidos hasta el 31 de diciembre de 2025 que aún no hayan sido cancelados — parte de los $170–190 millones que el Estado le debe a la banca por el régimen anterior.
Para los desarrolladores, la señal es que el ciclo completo ahora tiene reglas: el comprador califica, el banco presta a tasa preferencial, el Estado le reconoce el subsidio trimestralmente y le paga en un plazo definido.
Lo que sigue
El decreto rige desde este sábado, pero quedan pasos operativos pendientes. La DGI debe publicar los formularios, instructivos y plazos específicos para el registro de acreedores y los informes trimestrales — el decreto los ordena pero no los define. Hasta que eso no esté disponible, los bancos no pueden completar su registro.
Los préstamos inscritos en enero y febrero de 2026 tenían plazo hasta el 31 de marzo para registrarse sin multa. Los que se originan desde la publicación del decreto quedan bajo el nuevo régimen desde el primer día.

Fuentes: Decreto Ejecutivo No. 23 de 12 de junio de 2026, Gaceta Oficial No. 30545 · Ley 468 de 24 de abril de 2025 · Ley 481 de 9 de septiembre de 2025 · Nexo: Fondo Solidario, $290M sin pagar y miles de familias sin su casa
