Disputas con la DGI: la carga de la prueba recae sobre su empresa
Edificio de la Dirección General de Ingresos (DGI), Avenida Balboa. Foto archivo DGI

Disputas con la DGI: la carga de la prueba recae sobre su empresa

En disputas fiscales en Panamá, la ley otorga 'presunción de legalidad' a los actos de la DGI. Esto invierte la carga de la prueba, obligando a la empresa a demostrar su posición, a menudo mediante pruebas periciales con plazos y costos definidos por el CPT.

En una disputa fiscal en Panamá, la balanza se inclina a favor de la autoridad. El marco legal establece que la carga de la prueba recaerá sobre el contribuyente, obligándolo a demostrar la validez de sus argumentos frente a cualquier determinación de la Dirección General de Ingresos (DGI).

Esto es crucial porque, según el Código de Procedimiento Tributario (CPT), cualquier acto de la Administración Tributaria gozará de la presunción de legalidad. En la práctica, esto significa que una empresa no debe esperar a que la DGI pruebe su caso, sino que debe prepararse activamente para desvirtuarlo. Para un gerente financiero o dueño de negocio, la estrategia no es la defensa pasiva, sino la preparación proactiva, documentando cada costo, gasto o beneficio fiscal que se declare.

La herramienta clave para esta defensa es la prueba pericial, un informe técnico realizado por un experto cualificado, como un Contador Público Autorizado. El CPT establece reglas estrictas para este proceso: los plazos para presentarla en disputas locales son cortos, de no menos de 10 ni más de 25 días hábiles, y se extienden hasta 45 días en casos de tributación internacional. Un dato fundamental a considerar en el presupuesto de una disputa es que el costo del peritaje es asumido por la parte que lo solicita, es decir, la empresa que se defiende.

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